PRIMERO:
ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 44° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra de los ciudadanos, hoy acusados: RAMON ANTONIO BOLIVAR COLINA, de nacionalidad Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 26-11.1956, de 54 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Albañil, Cédula de ciudadanía V.- 5.718.921, hijo de Rita Colina y Gilberto Bolívar (DIF), y con residencia en el Sector R-10 calle Curazaito, casa No 55, a dos cuadras de la Arepería R-10, Cabimas Estado Zulia y JULIO CESAR VARGAS, de nacionalidad Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 20-12.1966, de 44 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Albañil, Cédula de ciudadanía V.- 10.602.891, hijo de Chiquinquirá Vargas y Julio Rodríguez, y con residencia en el Barrio Barlovento, callejón Igualdad Casa No 133, a dos cuadras de la Gaceta Policial de Impolca, Cabimas Esta.....