PRIMERO: Declara extinguida la acción Penal incoada por el Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público en contra de ADIEL SEGUNDO BLEQUET COVIS, de nacionalidad Venezolano, natural Cabimas Estado Zulia, de 35 años de edad, Cédula de identidad N° V- 10.088.833, casado, de Profesión u oficio Albañil, hijo de Adiel Blequet y Ilia Covis, con domicilio en la Urbanización Los Laureles, sector 05, calle 18, vereda 07, casa 03 Cabimas Estado Zulia, por los hechos ocurridos el 17 de Septiembre de 2000, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal y SEGUNDO: Decreta el sobreseimiento del presente asunto seguido contra del ciudadano ADIEL SEGUNDO BLEQUET COVIS, por la comisión del delito de LESIONES GRAVISIMAS, previsto y sancionado el Artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EDUARDO GREGORIO GUANIPA NAVA, por cumplimiento de las condiciones impuestas al suspendérsele condicionalmente el proceso en fecha 10 de S.....