Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la aprehensión del imputado: JEAN CARLOS PORTILLO PALMAR, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Portador de la Cédula de Identidad N° V-17.567.507, fecha de nacimiento 03-05-1986, de 26 años de edad, profesión u oficio supervisor de seguridad industrial, estado civil concubino, hijo de EVANGELINA DEL CARMEN PALMAR y MARIO DE JESUS PORTILLO, cuya residencia en Barrio la Victoria Tercera Etapa, Avenida 75, Casa N° 52-15, Diagonal a la Panadería Landia, Municipio del Estado Zulia, Teléfono: 0414-9632242, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 3, 10 y 11 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuic.....