Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud realizada por el representante de la Fiscalia Vigésima Octava del Ministerio Publico en cuanto a revocar la Suspensión Condicional del Proceso al acusado OCTAVIO GONZALEZ GONZALEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de la Guajira, Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° V-22.364.880, de 31 años de edad, fecha de nacimiento 25-12-1977, de estado civil soltero, de Profesión u Oficio Obrero, hija de José González y de Emma González, residenciado en el Barrio Brisa del Norte, calle 16, avenida 21A, casa N° 21-110, entrando por la Bomba Caribe, Maracaibo, Estado Zulia, y en consecuencia se ordena librar la correspondiente ORDEN DE APREHENSION, t.....