Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA APREHENSION EN FLAGRANCIA del ciudadano YAIR SAMIR BARRIOS CASSIANI; titular de la cédula de identidad No. C-1.049.932.119, quien dijo ser de nacionalidad Colombiano, natural de Cartagena, fecha de nacimiento 03-12-1988, de 23 años de edad, Estado Civil soltero, de profesión u Oficio Albañil, hijo de Hebert Barrios y Osiris Casiani, residenciado en el Sector El Bajo, Urbanización Villa Paraíso, calle principal, casa N° 12-B, a una calle del Abasto La Parada, Municipio San Francisco del Estado Zulia, teléfono 0426-4622250, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de La Ley Orgánica de Identificación, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, .....