DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
Con fundamento a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Maracaibo del Estado Zulia, en Nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Primero: Hacer la entrega al ciudadano RAMON MANUEL MARIN PACHECO, Venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de cédula de identidad Nº 4.151.153, domiciliado en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, quien actuando en defensa de sus derechos e intereses, solicita de este despacho judicial la entrega del vehículo de su única y exclusiva propiedad el cual posee las siguientes características: Clase: Camioneta, Marca: Ford, Modelo: F-100, Color: Rojo, Año: 1963, Placas: 766-KBD, Serial de Carrocería: F10LE381286, Serial del Motor: V-8, Tipo: dic-up y Uso: Carga, en forma directa en Deposito, Custodia, Uso y Mantenimiento, teniendo así mismo la.....