PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de desalojo planteada como medida preventiva innominada por la Doctora DAYSI RIVAS ROSALES, Fiscal Auxiliar Quinta del Ministerio Público; SEGUNDO: ORDENA a los ciudadanos NELIANA DEL CARMEN SALAS ALVARADO titular de la cedula de identidad Nº V-18.744.423, YAHANNY YAMILET RODRIGUEZ FLORES titular de la cedula de identidad Nº 18.007.203, DAILY CAROLINA MEJIAS GARCIA titular de la cedula de identidad Nº V-18.182.497 y SALVADOR MARIO PEÑALOZA BARRIOS titular de la cedula de identidad Nº E-82.182.497, DESALOJAR en un lapso de seis meses a partir de la notificación de la presente orden, el inmueble ubicado en el sector Monte Bello, calle P, parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, cuyas medidas y linderos son las siguientes: veinte metros de frente, por veinte metros de fondo, NORTE: con terreno vendido por los Fuenmayor, SUR: calle P, ESTE: inmueble signado con el Nº 12-12B, intermedio terreno vendido por los Fuenmayor, OESTE: inmueble sig.....