SE decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano ALBERTO ANTONIO FERNANDEZ OROZCO, por la comisión de los delitos de TRATO CRUEL, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD Y VIOLACION, por considerar que se encuentran llenos los extremos exigidos en los artículos 250,251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, declarándose con lugar la solicitud presentada por el Ministerio