Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión del imputado LUIS SEGUNDO LUJANO, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 52 años de edad, fecha de nacimiento: 19-09-1958, casado, de profesión u Oficio comerciante, Cedula de identidad No. V-5.817.092, hijo de CARMEN RAMONA LUJANO y LUIS SEGUNDO ALTUVE, residenciado el Barrio Integración Comunal, sector Lilia Perozo Zambrano I, calle 124, casa 27-64, bajando por lubricantes San Benito, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PUBLICO, por lo que CALIFICA LA FLAGRANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.1 de la Constitución de la Republ.....