Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión del imputado EVER ALVARADO ORTEGA ó FARID JOSE BELLO ACOSTA, de nacionalidad Colombiano, natural de Barranquilla, departamento Atlántico, de 43 años de edad, fecha de nacimiento: 19-01-1966, casado, de profesión u Oficio Obrero, cedula colombiana N° 72.043.255, hijo de ANA ACOSTA y HILARIO BELLO, residenciado en el Barrio Altamira Sur, sector la Pomona, calle 106, casa N° 19-D-76, entrando por Gomas Somar, Teléfono 0412-9779617 ¿ 0424-9638962, Maracaibo, Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO FALSO y USURPACION DE IDENTIDAD, previstos y sancionados en los artículos 45 y 47 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por lo que CALIFICA LA FLAGRANCIA de conformi.....