Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano RICHARD JOHAN FLORES URDANETA, de nacionalidad venezolano, natural de Santa Bárbara Estado Zulia, fecha de nacimiento 24 de Marzo de 1978, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Ayudante de Albañilería, Cédula de identidad N° V-16.166.439, hijo de CARMEN URDANETA y MARCIAL FLORES (D), con residencia en el Barrio Negro Primero, calle 10 con avenida 34, no recuerdo el numero de la casa, al lado del puente Ali Primera, Municipio San Francisco Estado Zulia, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por el delito de ROBO AGRAVADO; cometido en perjuicio de los Ciudadanos SANDY NELSON RUBIO GIL y FRANCIS IRLENE BOZO BRICEÑO.....