Por lo expuesto anteriormente este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA. PRIMERO: Con lugar la aprehensión del ciudadano ENDER JOEL JULIAO LEON, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 22 años de edad, fecha de nacimiento: 05-07-1986, soltero, de profesión u Oficio Estudiante, cedula de identidad N° 19.341.693, hijo de ENDER SOTO y YOLEIDA JULIAO, residenciado en la Urbanización San Francisco, avenida 158, calle 39 y 40, bloque 27, apto. 00-04, PB. Teléfono 0414-6230717, San francisco, Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano NESTOR JAVIER AZUAJE y EL ORD.....