Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado ALEXIS JESUS SANCHEZ MATHEUS, venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 26 años de edad, Soltero, , nacido en fecha 26-10-79 , Titular de la Cédula de Identidad N° 14.135.045, hijo de Yolanda Sánchez y de Arquímedes de Jesús Sánchez Delgado , residenciado en Santa Cruz de Mara, Sector La Sibucara, calle y casa sin numero, Poste G35B02, Parroquia Ricaurte del Municipio Mara, Estado Zulia; por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO , previsto y sancionado en el articulo 453 Ordinales 4ª y 5ª del Código Penal , cometido en perjuicio de ENELVEN , todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 Ordina.....