este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DE CONFORMIDAD CO LO ESTABLECIDO E EL ARTICULO 330 ORDINAL 2 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por la Representación Fiscal en contra de la ciudadana ZORAYA DEL CARMEN URDANETA, venezolana, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad No. 3.652.868, soltera, nacida en fecha 11-04-1960, de oficios del hogar, hija de Mery Urdaneta y Rafael Urdaneta, domiciliada en el Barrio Eloy Parraga Villamarin, Avenida 25A, casa s/n, Municipio San Francisco del Estado Zulia; por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjui.....