Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, PRIMERO DICTA SENTENCIA CONDENATORIA en contra de JORGE DAVID RAMIREZ URRIETA, Venezolano, natural del Estado Bolívar, cédula de identidad No. 16.844.888, de 26 Años de edad, fecha de nacimiento: 28-07-83, soltero, Soldador, hijo de Yuslenys Urrieta Aponte y Saúl Ramírez, con residencia en el Estado Bolívar, Ciudad Guayana Barrio Luis Hurtado Higuera, Calle Bolívar, Casa Nº 92. Teléfono 0286-9348440 por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artìculo 420 ordinal 2º en concordancia con el artìculo 415 del Còdigo Penal por aplicación del Procedimiento Especial de Admisión de Hechos solicitado por dicho acusado, quien ha reconocido la responsabilidad penal del mismo, conforme a lo previsto en el artículo 376.....