Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA LA ENTREGA MATERIAL EN CALIDAD DE DEPOSITO, el vehículo marca: CHEVROLET, modelo: BLAZER, Clase: CAMIONETA, Tipo SPORTO-WAGON, Placas: KAC-28R, serial de carrocería: 8ZNCS13W6WV308302, color: BLANCO, serial del Motor 6WV308302, AÑO 1998, USO PARTICULAR, al ciudadano OSMER ENRIQUE GONZALEZ FERRER, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.836.239, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: 1.- Presentar el vehículo casa noventa (90) días contados a partir de la presente fecha. - 2).- La Prohibición de enajenar o gravar dicho vehículo.- Ofíciese a tales fines al Estacionamiento Judicial Santa Guillermina de esta ciudad.-Regístrese la presente decisión.