Por los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la república y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: ADMITE LA ACUSACIÓN, en contra del acusado EDGAR JOSE FUENMAYOR, como AUTOR de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana quien en vida se llamó CINDY JULIET QUIROZ MORALES, y LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 en concordancia con el artículo 420 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JUAN PABLO HERNANDEZ BOLÍVAR, con fundamento en el numeral 2°, del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ADMITE LOS MEDIOS DE PRUEBAS, en la causa seguida al acusado EDGAR JOSE FUENMAYOR, ya identificado, como AUTOR de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el arti.....