acuerda fijar audiencia de revisión de la medida de privación de Libertad para el día CINCO (05) de DICIEMBRE del dos mil Cinco a las diez de la mañana. En este acto, el Tribunal informa al adolescente de autos, de manera clara y precisa de las actuaciones realizadas y del contenido y razones legales del mismo, así como también de conformidad con el Artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativo al derecho a expresar su opinión en el presente acto y de ser oídas, de inmediato el adolescente 545 LOPNA, quien estando libre de coacción, apremio y libre de juramento expuso: " Estoy de acuerdo por lo expuesto por mi defensa, Es todo". Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa a cargo del Abog. SORAYA COLINA, Estoy de acuerdo con la actualización de computo realizada a mi defendido, igualmente me doy por notificado de la audiencia de revisión fijada para el cinco de diciembre del presente año, Es todo".- posteriormente se le concede la pa.....