INADMISIBLE el recurso de apelación propuesto por la abogada JOHANA MARQUEZ, como apoderada judicial de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ATLANTIS C.A., contra sentencia interlocutoria de fecha 27 de junio de 2012, proferida por el JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, y consecuencialmente, se mantiene en plena vigencia la singularizada resolución fechada 27 de junio de 2012, todo ello de conformidad con los términos explanados en la parte motiva del presente fallo.