Vista igualmente la decisión dictada por la Sala de Casación Civil de Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 01 de Agosto de 2006, con ponencia de la Magistrada YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA, en cuyo dispositivo señala:
"Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de casación anunciado formalizado por el apoderado de las sociedades mercantiles demandadas contra a sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 29 de julio de 20O5.
En consecuencia se declara LA NULIDAD de la sentencia recurrida así como de a dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial, en fecha 26 de julio de 2004 y de todo lo actuado a partir de la opo.....