IV
DECISION
En mérito de lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR INCIDENCIA DE TACHA DE FALSEDAD, interpuesta por el abogado JOSE FRANCISCO RAUSEO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 27.590, en su condición de apoderado judicial de la FUNDACION FONDO DE APOYO A LA ECONOMIA POPULAR (FUNDEPO-MARACAIBO) contra el instrumento poder otorgado por la ciudadana Eveling Trejo de Rosales, Alcaldesa del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a la abogada Gilda Carleo Sánchez, identificada de autos; por parte de la Notaria Pública Séptima de Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 05.06.2012, anotado bajo el Nº 25; Tomo 61, de los libros de poderes llevados por ficha Notaria.
SEGUNDO: SE ORDENA, la prosecución de la presente causa.
TERCERO: Por la naturaleza de la decisión.....