DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, así mismo se ordena notificar a las partes mediante un cartel de notificación en un diario de circulación nacional, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 19, aparte 15 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia vigente", para que luego de transcurridos un lapso de quince (15) días continuos se declarará la PERENCIÓN de la misma, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 19, aparte 15 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia vigente.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y LIBRESE CARTEL. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en.....