este Tribunal para garantizar la comunidad conyugal de gananciales, decreta: PRIMERO: Un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del SALARIO o SUELDO que devenga el prenombrado ciudadano: GREGORIO RAMON DURAN GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad N. V-10.089.048, como trabajador al servicio de la empresa PDVSA PETROLEOS S.A. SEGUNDO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%), RETROACTIVOS, UTILIDADES y LIQUIDAS, VACACIONES, BONO VACACIONAL, y sobre cualquier otra cantidad de dinero que le pudiera corresponder al ciudadano: GREGORIO RAMON DURAN GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad N. V-10.089.048, en caso de retiro, despido o jubilación como trabajador al servicio de la Empresa PDVSA PETROLEOS S.A. TERCERO: Un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de TÁRJETA DE DÉBITO, que le pueda corresponder al prenombrado ciudadano como trabajador al servicio de dicha empresa. Para la ejecución de dichas medidas se comisiona al JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, SAN FRANCISCO, JESUS ENRIQUE L.....