Por los fundamentos expuestos, esta Juez Unipersonal No. 1 Suplente Especial de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana MARIBEL DEL CARMEN RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.701.370, actuando en representación de sus hijas plenamente identificados en autos, para que reciba la cuota parte que le corresponde a sus representadas por concepto de acervo hereditario, en Cheque de gerencia y a la orden de esta Juez Unipersonal No. 1 como beneficiarios del causante MARLO ERICKSON CEDEÑO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No V-10.207.276, todo sin perjuicio del cumplimiento que hubiere lugar para con el Fisco Nacional.
El monto que corresponda deberá ser consignado median.....