PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juez Unipersonal No. 1 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, extensión Cabimas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los hijos se omite el nombre de los hijos de conformidad con el articulo 65 de la LOPNNA, como Únicos y Universales Herederos del ciudadano ANDY JOSE PARRA BOADA, antes identificado, quien falleció el día en fecha 27 de febrero del 2009, tal como se evidencia de copia certificada del acta de defunción Nº 134, expedida por ante el Registrador Civil de la Parroquia Ambrosio del Municipio Cabimas del Estado Zulia. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando previa certificación en actas por secretaria.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del código de procedimiento Civil, en concordancia con el a.....