declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos JESUS RICARDO SALINA y MARIA ISABEL COLMENARES GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.697.872 y V-13.912.020 respectivamente, domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, a favor de las niñas (se omiten los nombres de los niñas, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad); en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.-
b) En consecuencia: "...El progenitor se compromete a fijar la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo) mensuales, por concepto de obligación de manutención, a favor de sus hijas (se omiten los nombres de los niñas, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), antes identificadas, los cuales comenzara a suministrar de la siguiente manera: TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) todos los días quince (15) y TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) todos los días treinta (30) de cada mes, mediante r.....