decreta:
- Medida de embargo preventivo sobre:
A) El treinta por ciento (30%) mensual del sueldo o salario, que devenga el reclamado de autos, quien labora al servicio de DICORI, adscrito a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA, para satisfacer los gastos que genere los niños.
B) El treinta por ciento (30%) anual de bono vacacional, otros bonos, bonos de transferencia, horas extras.-
C) El treinta por ciento (30%) anual de utilidades o la bonificación especial de fin de año, para satisfacer las necesidades de la época.
D) El cien por ciento (100%) de primas por hijos.
E) El treinta por cincuenta por ciento (50%) sobre las Prestaciones Sociales, caja de ahorros, y Fideicomiso además de los intereses, de caja de ahorros; en caso de retiro voluntario, jubilación despido o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral.
Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales "A", "B", "C" y "D" deberán ser entregados directamente a la reclamante de a.....