PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 4, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• INADMISIBLE la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana SUBELL CAROLINA CHACIN GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad N° V-17.635.222, en contra del ciudadano RONALD RONNY VILLASMIL BOZO, titular de la cedula de identidad N° V-16.149.985, en beneficio del niño RONAIKELL JESUS VILLASMIL CHACIN.
• ADMITE la demanda de Revisión de Sentencia por Aumento de Obligación de Manutención, por cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden publico, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 341 del Código de procedimiento Civil, ahora bien,.....