Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Magali Josefina Méndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.834.349, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia.
CON LUGAR la presente demanda por Obligación de Manutención (Obligación Alimentaria) interpuesta por la ciudadana Magali Josefina Méndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.834.349, en contra del ciudadano José Enrique Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.825.386. Así se decide.-
1. FIJA como obligación de manutención mensual para las adolescentes de autos, el cincuenta por ciento (50%) del salario integral que devengue mensualmente el ciudadano José Enrique Ramí.....