PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Declara a los niños y/o adolescentes: 0000000, el primero de ellos de siete (07) años de edad, los otros titulares de las cédulas de identidad No. V- 26.694.916, V- 25.883.877, V- 27.093.964, V- 23.452.429 y V- 23.736.117, en su condición de hijos, como Únicos y Universales Herederos del de cujus Joel Enrique Nava Guerrero, quien era titular de la cédula de identidad No. V- 12.098.552, quien falleció en fecha veinte y seis (26) de octubre de 2010, según acta de defunción No. 56, consignada.
Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas en dos (02) ejemplares y la devolución de los documentos originales, previa certificación en actas
Se dejan a salvo los derechos a terceros.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección de Niños.....