1. PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Revisión de Sentencia por Aumento de Obligación de Manutención, intentada la ciudadana María Paola Márquez Chourio, titular de la cédula de identidad No. V.-11.719.557, en contra del ciudadano Lázaro Joaquín Romero Gómez, titular de la cédula de identidad No. V.- 7.687.063, y en beneficio del adolescente X. Así se decide.
2. FIJA como cuota de obligación de manutención mensual para el adolescente de autos, la cantidad equivalente a dos (2) salarios mínimos, en base al salario mínimo fijado por el Ejecutivo Nacional, lo que equivale a la cantidad de dos mil cuatrocientos cuarenta y siete bolívares con setenta y ocho céntimos (Bs. 2447,78). Así se decide.
3. FIJA para el mes de septiembre, adicional a la cuota de obligación de manutención, la cantidad equivalente a dos (2) salarios mínimos, en base al salario mínimo fijado por el Ejecutivo Nacional, para cubrir los gastos típicos del inicio del año escolar y disfrute de vacaciones del adolescente.....