declara:
1. PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA incoado por la ciudadana UBIDELMA ALTAMAR TORRES, titular de la cédula de identidad No: 3.814.124; en contra del ciudadano HENRY JOSÉ MORA, titular de la cédula de identidad No: 5.047.209; y en beneficio de su hijo HENRY JOSÉ MORA ALTAMAR.
2. MANTENER VIGENTE por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede firme la decisión dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio Nº 1, las medidas preventivas decretadas por este Tribunal, en fecha 01 de Diciembre de 2003, las cuales recayeron sobre los siguientes conceptos: El veinte por ciento (20%) mensual del sueldo que devenga el ciudadano HENRY JOSÉ MORA, como trabajador de la Empresa Petróleos de Venezuela (P.D.V.S.A), el veinte por ciento (20%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año, y cualquier otra cantidad que le pueda.....