CONCEDE:
AUTORIZACION SUFICIENTE a los ciudadanos MARCO ALBERTO RINCON RINCON y EVELIN MARIA RANGEL URDANETA, titulares de las cédulas de identidad Nº 7.798.435 y N° 7.761.615, para que en representación de su hija MARIANA EVELYN RINCON RANGEL, titular de la cédula de identidad N° 18.648.122, vendan los derechos que tiene la referida adolescente sobre un (1) inmueble ubicado en el Conjunto Residencial "La California", Edificio II, apartamento N° 1-B, Planta Baja, ubicado entre calles 47 y 50 y avenidas 15J y 15G, en Jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según consta de documento debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Maracaibo, en fecha 17 de Julio de 1992, anotado bajo el N° 31, Tomo 95 de los libros correspondientes y también debidamente registrado el 27 de marzo de 2005, bajo el N° 49, tomo 21, protocolo 1° por ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.