DISPOSITIVO
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de conformidad con el ut supra artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 588 en su ordinal 3° eiusdem, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA CAUTELAR NOMINADA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un (1) bien inmueble de la única y exclusiva propiedad del accionado el ciudadano GERARDO JOSÉ ECHETO VALE, ya identificado, el cual se discrimina de la siguiente manera: Un Fundo Agropecuario denominado "MONTE SACRO" y "MONTE OSCURO", ubicado el primero de ellos en el sector "El Mamonal" o "Mamonales", en jurisdicción de la parroquia Mene Mauroa, Municipio Mauroa del estado Falcón; que consta de QUINIENTAS SESENTA Y TRES HECTAREÁS (563 Has), cuyos linderos generales son lo siguiente: NORTE: Fundos propiedad de Secu.....