Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
1.-) CON LUGAR, la demanda por COBRO DE BOLÍVARES, seguida por la ciudadana YILSY MIGDALIA NELO BARBERA, en contra del ciudadano RAMON ANTONIO FERRER PRIMERA.
2.-) Se condena a la parte demandada ciudadano RAMON ANTONIO FERRER PRIMERA, al pago de la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES FUERTES CON 00/100 CÉNTIMOS (BsF. 8.000,oo), monto de la obligación demandada, más los intereses legales calculados en un 12% anual, hasta la definitiva cancelación de la obligación.
3.-) Se acuerda la indexación o corrección monetaria solicitada, para lo cual se acuerda verificar experticia contable, tomando en consideración los índices inflacionarios a partir del año 2006 hasta la fecha en que quede definitivamente.....