Por los fundamentos expuestos, éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNS-CRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REPOSICION de la presente causa de Divorcio seguido por JAIME ALBERTO NAVARRO GUTIERREZ contra YUDIS BATISTA CONEO, ya identificados, al estado de que se cumpla con la publicación de los Carteles de Citación, conforme a la normativa vigente en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, quedando en consecuencia sin ningún efecto las actuaciones procedimentales posteriores al auto en el cual se ordena la citación por carteles de la parte demandada, ciudadana YUDIS BATISTA CONEO, de fecha 10 de Octubre de 2.005, en consecuencia, líbrense nuevos carteles de citación y publíquense en los diarios "PANORAMA" y "EL REGIONAL" con los intervalos de Ley . Así se decide