Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
1.-) CON LUGAR, la demanda de NULIDAD DE DOCUMENTO DE COMPRA-VENTA, propuesta por la ciudadana MARTHA ELENA NAVASQUEZ BENITEZ, en contra del ciudadano LUIS JUNIOR GOMEZ NAVASQUEZ, antes identificados; y en consecuencia, NULA la venta celebrada entre el Instituto Nacional de la Vivienda (I.N.A.V.I.) y el ciudadano LUIS JUNIOR GOMEZ NAVASQUEZ, debidamente autenticada ante la Notaria Pública Séptima de Maracaibo, Estado Zulia, en fecha 18 de julio de 2.006, bajo el No. 69, tomo 75, de los libros respectivos, y posteriormente protocolizada ante la Oficina de Registro Inmobiliario de los Municipios Autónomos Lagunillas y Valmore Rodríguez del Estado Zulia, de fecha 21 de Julio de 2006, bajo el No. 30, Tomo 4, Protocolo 1ero, Tercer.....