En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO formulado por las partes intervinientes en el presente juicio de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, seguido por ALBERT ANTONIO TIGRERA PEROZO contra GUSTAVO JOSE RODRIGUEZ y NURIS CARRASQUERO, ya identificados, por ante este Juzgado, en fecha 29 de Junio de 2009, da su aprobación al mismo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.-
b) En cuanto al pedimento de entrega de dinero, se deberá resolver por auto por separado.
c) No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece a la propia voluntad de las partes.-