DISPOSITIVA:
En consecuencia, por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA en el presente juicio de NULIDAD DE DOCUMENTO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA incoado por la ciudadana RITA JOSEFINA HERNANDEZ CARRASQUERO contra VIRGILIO EZEQUIEL CASTILLO LEAL Y OTRO: IMPROCEDENTE LA REPOSICIÓN SOLICITADA por la ciudadana RITA JOSEFINA HERNÁNDEZ CARRASQUERO, asistida de abogado, mediante diligencia de fecha once (11) de julio de 2017, y se ordena la continuación del presente juicio. Así se decide.
No hay condena en costas, en virtud de lo aquí decidido.
PUBLIQUESE, INSERTESE.