D E C I S I Ó N:
Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
EN FORMA PROVISIONAL la Interdicción del ciudadano GAMAL MOHAMED JAZZAN JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.840.191, designando como TUTORAS INTERINAS a las ciudadanas WENDY BELEN JAZZAN SOTO y CINDY ALEXANDRA JAZZAN SOTO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número V-18.216.403 y V-19.831.963, respectivamente, domiciliadas en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a quienes se ordena notificar para que comparezca dentro de los tres (03) días hábiles de despacho siguientes, después de que conste en actas la notificación, a los fines de la aceptación o excusa del cargo. En el primero de los casos prestará el jurame.....