Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
1.- SIN LUGAR la demanda de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, interpuesta por la COOPERATIVA DE HOSTERIA ZUMAQUE, R.S., en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LOS RODAS, C.A., y el ciudadano MORELVO ANTONIO ARTEAGA, antes identificados.
2.-) De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena a costas a la parte demandante por haber sido vencida en esta instancia.-