Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana BELKY CONSUELO GIL ALDANA, ya plenamente identificada, en contra de los ciudadanos ARMANDO DE JOSÉ MANTILLA FUENTES y MOUFID MAHANNA ZAGRAYAR, por nulidad de venta, y por vía de consecuencia se DECLARA NULA LA VENTA de una casa SITUADA EN LA CALLE San Juan, esquina prolongación de Avenida 5 de Julio, en Jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo del estado Zulia, realizada entre los ciudadanos co-demandados ARMANDO DE JOSÉ MANTILLA FUENTES y MOUFID MAHANNA ZAGRAYAR, en fecha 15 de Enero de 1998, por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del estado Zulia, anotado bajo el No. 2, Protocolo 1ro, Tomo 6, por intermedio.....