Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada ciudadano JOSÉ ZARATE y por vía de consecuencia NULA la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha veintiséis (26) de octubre del año 2006, por haber incurrido en el vicio de incongruencia negativa, a tenor de dispuesto en el artículo 243 ordinal 5° del Código de Procedimiento Civil y SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por desalojo intentó el ciudadano JULIO NAVEDA BRAVO en contra del ciudadano JOSÉ ZARATE, identificados en actas, tomando en consideración los argumentos expuestos en la parte motiva de la decisión