en consecuencia definitivamente firme la sentencia dictada por este órgano jurisdiccional, razón
por lo cual este Tribunal suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 10 de octubre de 2002, que recayera sobre un inmueble distinguido con el N° 19 del lote VI de la Urbanización Los Olivos en Jurisdicción de la Parroquia Carraciolo Parra Pérez, Municipio Maracaibo del Estado Zulia con los siguientes linderos y medidas: NORTE: parcela VI-18 con 35 Mts; SUR: calle 75 con 35 Mts; ESTE: avenida 65 con 20 mts y OESTE: parcela VI-1 con 20 mts, con un área total de setecientos metros cuadrados (700 Mts) aproximadamente, todo según consta de documento protocolizado por ante la Ofician Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 03 de Junio de 2002, bajo el N° 32, Tomo12, Protocolo 1°. Ofíciese al Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a los fi.....