Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de INTERDICTO DE AMPARO A LA POSESION incoada por el ciudadano ASNORDO LEVI CEPEDA PIRELA, en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL GARCÍA.
SEGUNDO: Se SUSPENDE el DECRETO DE AMPARO A LA POSESIÓN dictado por este Tribunal, en fecha 20 de mayo de 2015, sobre el inmueble constituido por un local comercial ubicado en el barrio Santo Domingo, avenida 19C, en la parroquia Cristo de Aranza del municipio Maracaibo, estado Zulia, el cual está construido, sobre una mayor extensión de terreno que se dice ser ejido, que mide siete metros con noventa centímetros (7,90mts) de largo, por ocho metros con cincuenta centímetros (8,50mts) de ancho, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Linda con Peña Hípica el Mirador; SUR: Linda con e.....