Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares (Ordinario) intentada por la sociedad mercantil C.A CERVECERIA REGIONAL, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES ANOVAL, C.A y el ciudadano OMAR RAMÓN SUAREZ ZULETA, en sus caracteres de deudor principal y fiador solidario.
SEGUNDO: Se condena a la demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES ANOVAL, C.A y al ciudadano OMAR RAMON SUAREZ ZULETA, a pagar a la actora los siguientes conceptos:
1) La cantidad de CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLÍVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 5.353.752,93) por concepto de capital adeudado.
2) La cantidad de UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA BOLÍVA.....