La parte demandada tenía diez (10) días para que cumpliera con el decreto intimatorio, pagara o hiciera oposición a la estimación de honorarios, y de un simple cómputo temático realizado a través del libro diario y del candelario llevado por este Tribunal, se evidencia que el lapso comprendió los días: Julio 2010: jueves 22, viernes 23, lunes 26, martes 27, miércoles 28, jueves 29, viernes 30; Agosto 2010: lunes 02, martes 03 y jueves 05; y observándose que el demandado presentó escrito de contestación y oposición en fecha veintiocho (28) de julio de dos mil diez (2010); es decir al quinto (5to) día de despacho, de los diez (10) que estable la ley ¿artículo 25 de la ley de abogado- es por lo que este juzgado evidencia que el demando contestó y se opuso en tiempo oportuno, razón por la cual, se niega la solicitud de fijar para retasadores realizada por el abogado en ejercicio NERIO SÁNCHEZ, y que lo ajustado a derecho es aperturar un lapso probatorio de ocho días contados a partir de l.....