por lo cual este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a las ciudadanas GLADYS MONTAÑO RANGEL, GLORIA MARGARITA MONTAÑO DE AVILA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° 2.821.360 y 2.821.359 respectivamente en su condición de hijas y a los ciudadanos RAFAEL ANGEL, RAUL ENRIQUE, LISBETH ADRIANA y JUAN CARLOS MONTAÑO GONZALEZ, mayores de edad, portadores de la Cédula de Identidad N° 8.341.413, 11.454.306, 11.892.645 y 13.402.458 respectivamente en su condición de hijos del ciudadano RAFAEL MONTANO RANGEL (difunto) y nietos del ciudadano CRUZ RAFAEL MONTAÑO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano CRUZ RAFAEL MONTAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 104.385, fallecido .....