este Tribunal provee de conforme a lo solicitado, en consecuencia, levanta la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Juzgado en fecha 12 de Marzo de 2004, recaída sobre un apartamento ubicado en Residencias Friuli, Modulo 4, apartamento 1-B, situado en la avenida 16 (antes Guajira), en la Jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el referido inmueble tiene una superficie de NOVENTA METROS CUADRADOS (90 Mts.2) y comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE, EDIFICIO No. 5 del Conjunto residencial; SUR, apartamento No. 1 y pasillo de circulación; ESTE, fachada del edificio; y OESTE, fachada del edificio; y consta de may de Entrada, sala, comedor, tres dormitorios con closet, dos salas sanitarias, cocina y área de servicio. Igualmente al apartamento le corresponde un puesto de estacionamiento marcado con el No. 21, y un porcentaje de condominio sobre los derechos y cargas comunes de (2,68%). Dicho inmueble le se e.....