, en consecuencia, decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de los demandados Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES Y REPARACIONES NAVALES METALMECÁNICA C.A. (CONSTRENAMECA C.A.), en su carácter de deudora principal, y los ciudadanos TIRZO JOSÉ VÁSQUEZ SALCEDO y JOSÉ ROSARIO MORILLO LABARCA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos V- 15.052.535 y V- 5.068.021 respectivamente, en su condición de avalistas, hasta cubrir la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES BOLÍVARES FUERTES CON SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS DE BOLÍVAR (BsF.- 558.273,79) que es el doble del capital reclamado, más los honorarios profesionales y las costas prudenciales del proceso. Asimismo si la medida recayera sobre cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES FUERTES CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS DE BOLÍVAR (BsF.- 304.558,43) que es la suma total de la cantidad qu.....